SANTO DOMINGO.-Ley de administración de bienes incautados se presta a corruptela. Con la aprobación de la Ley para la administración de bienes incautados o abandonados en extinción de dominio la Procuraduría General de la República podrá seguir violando la Constitución, prestándolo a fiscales “a los tígueres de la Dirección Nacional de Control de Drogas” o donarlo a quienes ellos consideren convenientes, denunció esta mañana el diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Eugenio Cedeño.
Dijo que los vehículos incautados siguen siendo propiedad de sus dueños hasta que exista una sentencia condenatoria, mientras tanto lo utilizan fiscales y miembros de la DNCD, donde cargan sus amantes y llevan sus hijos a los colegios.
“Ayer en la discusión demostré que esa ley será fuente de corrupción y abuso y viene a legalizar toda la corruptela y desmanes que hoy se cometen en torno a los cuantiosos bienes que se incautan a perseguidos en la lucha contra las drogas, lavado de activo y los procesos de extinción de dominio”, sostuvo el legislador oficialista por La Romana.
Añadió que “como diputado; tengo el deber de alertar sobre el daño y amenaza que se esconde, tras el proyecto ayer aprobado, proyecto de Ley para la administración de bienes incautados o abandonados en extinción de dominio”
Citó el caso de la fiscal Carol Rodríguez apresada el pasado 16 de junio municipio de Higüey, provincia La Altagracia, transitaba en un vehículo sin placa, el cual era incautado. “Oh y por qué una fiscal tiene que andar en un vehículo ajenos, que tiene dueño, que no hay sentencia definitiva que lo despoje de su propiedad, todo eso es ilegal”, opinó.
“En la actualidad, los cuerpos represivos, el ministerio público, la justicia, ni nadie tiene derecho a usar o dar en uso estos bienes hasta tanto intervenga sentencia de decomiso”, consideró Cedeño.
Para el congresista con la aprobación de esta ley; “el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados (INCABIDE) podrá Usar, dar en uso, conceder, donar, prestar, vender, alquilar, prestar estos bienes (Casas, Villas, carros de lujo, prendas, estaciones de combustibles, naves, aviones, sin que los dueños hayan sido condenados, sin haber sido decomisados o adjudicados al Estado, y sin la autorización de los dueños”
La ley aprobada viola la presunción de inocencia, el derecho de propiedad, la Constitución de la República y todos los principios de legalidad.
Lamentó que la Procuraduría autorice que los fiscales anden en los vehículos incautados “cuyos dueños todavía están cubierto por la presunción de inocencia, él y sus bienes, esos bienes antes de que los condenen y antes de que se destruya esa presunción de inocencia el fiscal puede ordenar que lo meneje un sargento en supuesto proceso de investigación y que se quede con él en su casa, un mes, tres meses, al final esos vehículos la Procuraduría permite que los fiscales enden en ellos en supuestos procesos de investigaciones, pero cargan las amantes ahí y cargan sus hijos al colegio”
“Independientemente de que este pueda resultar inocente. Y ¿qué pasará con aquellos que resulten inocentes después de tres o cuatro años y les hayan canibalizado casas, autos, villas, aviones, etc. ? ¿Quien pagará los daños? ¿La DNCD? ¿Procuraduría? ¿Hogar CREA? Después del palo dao, ni Dios lo quita”, sentenció Cedeño.
Dijo que el derecho de propiedad y el la presunción de inocencia se ven vulnerada con esta disposición legal que le permite ahora al Ministerio Público disponer, donar, prestar, alquilar, dar bienes incautados en proceso de extinción de dominio procedente de lavado de activo sin que intervenga una sentencia definitiva. Ley de administración de bienes incautados se presta a corruptela.